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Un nuevo documento sobre los conflictos de la Salmedina

Un nuevo documento, conservado en la BIBLIOTECA REGIONAL DE MADRID, vuelve a remitirnos a los conflictos que a lo largo de los tiempos sostuvo el Concejo de Madrid por mantener sus derechos sobre la dehesa comunal de La Salmedina. Esta vez, en época moderna (1817), a raíz de las expropiaciones realizadas y del reinicio de las obras del Real Canal del Manzanares tras la Guerra de Independencia (1808-1814).

El documento original consta de nueve páginas:

Debido a que la particular caligrafía de la época, junto con los abundantes giros expresivos y uso de abreviaturas, no hacen sencillo su lectura, hemos hecho la siguiente transcripción del texto:

ACTUACIONES IRREGULARES OBSERVADAS TRAS LAS EXPROPIACIONES EN LA ARGANZUELA Y LA SALMEDINA POR OBRAS DEL CANAL DEL MANZANARES (1817)

Para saberse lo que la empresa del Canal tiene tomado de Madrid, así en el Soto de Salmedina como en la Dehesa de Arganzuela, se hace preciso presente el Privilegio que obtuvo para su establecimiento, en el cual constará qué barras de terreno se le concedieron para la Caja Canal, Mesillas y Malecones; y lo que resultare fuera de estas tres clases no estará bien tenido, pues no es regular se le concediese terreno para plantíos y aprovecharse de los pastos que produzcan sus suelos.

Así mismo, es necesario presente documentos que acrediten la pertenencia de lo que en dichos parajes tuviere tomado, más de lo que designe el expresado Privilegio, pues no basta las declaraciones de que es del Canal porque plantaron los árboles que hay en aquellos sitios, pues lejos de ello, se sabe, que quien planta en terreno ajeno pierde la planta, como al mismo Canal le ha sucedido con los 6 que puso en la Dehesa de Arganzuela, que habiéndose pasado a reconocer a quién pertenecían, con asistencia de Peritos por una y otra parte, instó que estaban en terreno de Madrid, y por lo mismo quedaban a su favor, como así todo consta de oficio que los Sres. Directores Generales de Correos, Caminos y Canales del Reino, que con fecha 15 de abril de 1817 comunicaron al Sr. D. Pedro Montaos de Iturralde, Administrador de dicho Canal, el cual lo comunicó a Madrid en Oficio de 17 de abril del mismo (1817), cuyo ejemplar parece debe hacer ley para lo que hoy se disputa, como igualmente hay 4 plantíos que hizo el Sr. Marqués de Perales en el Soto de Salmedina, interin le tuvo arrendado, que al final de su arriendo quedaron a beneficio de Madrid, en los parajes que se designan en las diligencias siguientes:

En 29 de enero de 1788 mandó la Junta que el Visitador de Propios con el Escribano de los mismos y demás personas que en calidad de Peritos y Medidor de tierras fueren precisas, procediere a entregarme de el Soto de Salmedina, árboles, tierras y demás aprovechamientos que había tenido en arrendamiento el Sr. Marqués de Perales y que reconocido el estado en que le dejaba, se encargare y estableciese una Administración interina de todos ellos, lo que habiéndose verificado, con citación de dicho Sr. Marqués y la de su Mayordomo, D. Francisco Fernández Bueno, a quien diputó para hacer dicha entrega y el competente número de peritos, se procedió a la práctica de las diligencias correspondientes a semejante acto que tuvo principio en 9 de febrero de 1789, y que se concluyó en 17 del mismo, ambos inclusive, resultando de esto lo siguiente:

En primer lugar, se fue señalando la Raya y Cotenia que divide este Soto del nombrado Aldehuela, propio del Real Monasterio de San Lorenzo del Escorial, desde cuya Raya ó Cotenia hasta la corriente del río Manzanares, es lo que se nomina y conoce por el Soto de Salmedina, propio de la Villa de Madrid, cuyo terreno ha tenido mucho deterioro, porque las crecientes y avenidas le han ido robando e inutilizando las tres tierras labrantías que siempre ha habido en él, y cada día ha ido experimentando más este perjuicio porque no se han hecho estacadas para contenerle, de tal forma que según se hallaba en el año de 1769 a 1770 tiene ya hoy una tercera parte menos de cabida que lo que en aquel entonces se le conocía, porque el río iba muy cerca de los cerros y en la actualidad va retirado de ellos, y se ha ido metiendo poco a poco en el Soto y ha sido la causa de dejarse a la parte del Canal un espacioso sitio que se ha ido tomando y apropiando, haciendo plantíos de árboles y arriendos de los pastos que produce aquel terreno, sin noticia, orden ni consentimiento de Madrid, los cuales han sido la causa en mucha parte del deterioro del Soto, porque han coadyuvado a que el río con esta resistencia bata de firme al lado opuesto.

En segundo, por el dicho Mayordomo del Sr. Marqués, se dijo que entre el río y la presa últimamente hecha por el Canal de Manzanares, había crecidas arboledas plantadas de ornato y a expensas de Su Señoría, en aquel terreno; parte del que había ido dejando el río en los anteriores años y parte de lo que se llama Soto de Salmedina, por haberle conocido desde el año 1769 en que se principió el Apeo. Se dispuso pasar a su reconocimiento y en efecto se hallaron cuatro plantíos situados desde la Raya que hace el heredamiento de Salmedina, lindante con la dehesa nombrada Buen Año, propia del Real Monasterio del Escorial, todo el río abajo, con la mira a Vacia-Madrid, hasta la punta de la última presa del Canal y como queda dicho, entre ella y la actual corriente del río, que el primer plantío contenía 350 árboles cuya plantación era efectuada en primeros de año de 1788.

El segundo plantío es a seguido del primero bajando río abajo, entre este y dicha presa hasta donde forma una especie de ángulo obtuso en el que existe un hoyo que todos dijeron ser donde había estado un Coto de piedra puesto por el Canal, para dar a entender que el terreno que quedaba a mano izquierda bajando a la larga era pertenencia suya, de lo cual se hace expresión en el plantío siguiente en cuyo trecho contaron los peritos 450 árboles, álamos, chopos y sauces, que según su magnitud son plantados del año 1778, asegurándose haberse hecho de ornato y a expensas del Sr. Marqués en terreno de Marquesado.

El tercero es, desde donde, queda dicho, concluye el segundo, hasta donde se encuentra el Coto citado del Canal, trasladado del hoyo de la anterior partida, que es frente de la Noria antigua que existía en la primera tierra de las de la vega de la parte del Soto de Salmedina, la cual ha ido dejando el río, a la de los cerros y Caja Canal, cuyo trecho tiene una porción de árboles de las mismas clases de los antecedentes, que según cálculo de los Peritos ascendería el número de ellos a unos 3.000 puestos por el Sr. Marqués.

Y el 4º plantío es, enseguida a el anterior, en la misma situación de entre el río y Presa del Canal, desde el Coto y Noria hasta la conclusión de dicha presa, graduando podría tener 8.500 árboles también puestos de ornato y a expensas del Sr. Marqués, según expresó su Mayordomo y Peritos, con lo cual se concluyó el reconocimiento.

Además de estos plantíos, se hallan otros muy frondosos ejecutados por el Canal, entre la Presa citada y la Caja de él, que se construyó en tiempo del arrendamiento de D. Manuel Sayón por los años 1776 a 1778; los que principian desde la propia linde de la Dehesa de Buen Año abajo, dentro de la Cotería señalada por Madrid, para abrazar el continente de su Soto de Salmedina y heredamiento de tierras de labor de encima de los cerros, hasta la viña y camino que llaman de la Biana, que es donde concluye lo largo de esta posesión de Estado en cuyos plantíos no se incluyen la Caja Canal, Mesillas y Malecones de ambos lados, sin que se tenga noticia de los arrendadores de esta intrusión, no obteniendo la Dirección del Canal consentimiento ni venia de Madrid para apropiarse dicho terreno en que están estas plantaciones, las cuales se cuidan por sus guardias, y se utilizan de sus producciones, leñas y pastos, que son de mucha consideración, por lo que el expresado Visitador pidió al Escribano D. Gabriel López García, para los fines y efectos que hubiere lugar, extendiese una Diligencia en que así constare, para que el Excmo. Ayuntamiento tomare la providencia que estimare conveniente, bien fuese a consecuencia de lo citado, o a virtud de lo representado por el Guarda del Soto en que dio cuenta de la mudanza del Coto indicado, lo cual se remitió a los Señores Comisarios de Propios para que traten con el Sr. Director del Canal lo que convenga.

La Villa de Madrid tiene acreditado la pertenencia de su Soto de Salmedina y Dehesa de Arganzuela, con unos documentos tan robustos como son las escrituras de Compra, y Apeos hechos de ambas posesiones, siendo el de Salmedina tan reciente, el último que se hizo, que fue en el año 1790, de cuyos documentos consta la cabida que cada posesión tiene y es propiedad de esta Villa de Madrid.   

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

Tras todas las vicisitudes acontecidas en torno a los diversos proyectos que a lo largo del tiempo se suceden, para la ejecución de un Canal paralelo al río Manzanares, que conduzca sus aguas en descenso hacia el río Jarama, guardando ciertos parámetros que hagan posible la conducción de cargas, mercancías y personas mediante la navegación, de manera rentable y superando con ventaja otros medios de transporte de la época, llegamos a 1770, cuando un empresario que está ejecutando el Camino de la Fuenfría, llamado Pedro de Martinengo, solicita al Rey Carlos III, la concesión de la obra de construcción del Canal.

En un pliego con 27 artículos, justifica la obra y los términos en que desea se otorgue la concesión:

Usufructo del Canal durante 55 años. Derecho a flotar 15 barcos propios. Explotación de la pesca. Facilidades para enajenar los terrenos afectados. Limitación de riego a los aledaños. Prohibición de reconstrucción de molinos y batanes existentes. Exclusividad en el transporte de materiales de construcción de las canteras existentes. Exclusividad para la ejecución de las infraestructuras complementarias (caminos, boyerías, etc.) y obras subsidiarias (edificios de mantenimiento, restitución de caminos y puentes de la red de caminería existente).

El Rey Carlos III accede a todo ello y promulga en 1770 una Real Cédula aprobando la propuesta.

Iniciadas las obras, aprovechando la existencia de un antiguo caz entre la Dehesa de la Arganzuela y el Soto e Isla de Luzón, se excava el vaso del Canal y demás obras auxiliares, pero por breve tiempo. La Compañía de Pedro de Martinengo quiebra en 1776 y una nueva compañía, llamada Rossi y García, ha de hacerse cargo de la administración del Canal.

Los proyectos o replanteos del Canal también se van sucediendo. El de Carlos Lemaur, financiado por el Banco de San Carlos, data de 1786, y poco después, en 1787, ha de ocuparse la Real Hacienda de su mantenimiento y explotación con cargo al Erario.

El monarca reinante Carlos III fallece en 1788, sucediéndole su hijo Carlos IV, que continuará apoyando el plan hasta que la Guerra de Independencia da al traste con todo.

Entre 1793 y 1803 se produce la ampliación del trazado del vaso para la construcción de la 8ª, 9ª y 10ª Esclusas.

La Guerra de Independencia (1808-1814) supone un serio retroceso no solo en cuanto a la suspensión de obras sino también por la destrucción de alguna de ellas y la desaparición de materiales.

Un plano elaborado por los ingenieros militares de la Grand Armée en 1808 muestra la situación del Canal en aquellos momentos.

Pasada la guerra, Fernando VII otorga competencias a Fco.Ramón de Espés Fdez. de Córdoba, Barón de Espés y Duque de Alagón, quien a su vez nombra al ingeniero Miguel de Inza, anterior Director de la Real Acequia del Jarama, como Director de Obras del Real Canal del Manzanares.

Isidro Velázquez, el Arquitecto Real, es convocado también a fin de proseguir los trabajos de recuperación y consolidación de obras existentes y futuras. Curiosamente se aprovechan materiales de construcción de segundo uso, obtenidos de la demolición parcial de Palacio del Buen Retiro y de las ruinas de la Real Fábrica de Porcelanas que existió en la actual Plaza del Ángel Caído, destruida durante la Guerra de Independencia. Existen dos memorias de época de estos trabajos (1819 y 1825).

En la obra de la colección Libros del Patrimonio, editado por el Ayuntamiento del Madrid, 2009, puede leerse todo el proceso posterior, entre el reinado de Fernando VII y el de Isabel II, hasta la desaparición del Canal, acelerada por la implantación del ferrocarril a mediados del XIX.

CONTENIDO DEL DOCUMENTO

Este documento insta en primer lugar, al emplazamiento de los términos exactos en que se redactó el Privilegio con la concesión de los terrenos estrictamente previstos para CAJA CANAL, MESILLAS Y MALECONES, quedando lo que así no figure como USURPADO, pues ni terreno para plantíos ni para aprovechamiento de pastos le fueron otorgados al Canal.

El documento establece a su vez, requerimiento de los documentos de acreditación de pertenencia de los parajes tomados, ya que la plantación de árboles sobre un terreno no indica su propiedad, como sucedió en la Dehesa de Arganzuela, en terreno de Madrid; que le fue comunicado al Administrador del Canal, Pedro Montaos de Iturralde, mediante Oficio de 17 de abril de 1817, por los Directores Generales de Correos, Caminos y Canales del Reino. Como ejemplo, los cuatro plantíos del Soto de Salmedina efectuados por el Marqués de Perales mientras lo tuvo arrendado, quedaron en beneficio de Madrid.

Con motivo de la devolución del Soto de Salmedina, finalizado el arrendamiento del Marqués de Perales, la Junta municipal ordenó con fecha de 29 de enero de 1788, que el Visitador de Propios acompañado de Escribano, Peritos y Medidor de tierras se acercaran al lugar a fin de recepcionar la entrega del Soto, tras reconocer el estado de los terrenos; estableciendo seguidamente una Administración interina de los mismos.

Se comprueba así mismo, que en el tiempo transcurrido desde la última medición en 1769, los terrenos han sufrido una terrible merma, de casi un tercio de los mismos, ya que las crecidas y avenidas del río en este plazo de tiempo han cambiado su curso, alejándolo considerablemente de los cerros a cuyo pie discurre Canal, dejando un espacioso sitio del que se han ido apropiando, más allá de la linde de sus terrenos propios, en el que han plantado arbolado y arrendado pastos ilícitamente.

Con la ayuda de Fco. Fdez. Bueno, Mayordomo del Marqués, se van señalando los cuatro plantíos efectuados a su costa, citándose el número aproximado de árboles, y los hitos de demarcación, para desligarlos del resto de plantíos, que son los efectuados por el Canal, constitutivos de delito y motivo de esta denuncia.

El Informe elaborado con los datos recogidos en la visita es remitido a los Señores Comisarios de Propios, para que lo traten con el Director del Canal como proceda según el caso.

Se insiste por último, en que los últimos documentos (Escrituras de Compra y Apeo) de ambas posesiones (Soto de Salmedina y Dehesa de Arganzuela) que acreditan a la Villa de Madrid como propietaria de las mismas, se actualizaron en 1790, conservando plenamente su vigencia.

COMENTARIO

El interés de este documento estriba en que aporta diversos datos para el conocimiento histórico del Canal así como del Soto de Salmedina y Dehesa de Arganzuela.

La Dehesa de la Arganzuela tiene sus orígenes en los campos de cultivo de la Granza, también conocida como Rubia, Rubia tinctorum, planta de la que se obtenía un colorante de color rojo aplicado en las tenerías, para pieles y tejidos; instalaciones que en principio se ubicaban próximas a los cursos fluviales, cerca de mataderos y batanes.

El Soto de Salmedina es un resto del Campo de la Ciudad, Fash-al-Madina, que desde época emiral perteneció a Mayrit, y ya en período de repoblación cristiana (1085) es adscrita al Concejo de la ciudad para que el vecindario haga libre uso de sus abrevaderos y sus pastos, tal como establece el Fuero Viejo de la Villa y Tierra de Madrid.

No obstante, tras algunos arrendamientos y apropiaciones indebidas, será fuente de conflictos permanentes, litigando el Común de la Villa con vecinos propietarios de la propia ciudad, pero también con otros provenientes de otros municipios y señoríos próximos.

Existe abundante documentación sobre el tema a lo largo de los siglos XV y XVI, y como vemos, entre los siglos XVIII Y XIX, continúan los problemas; esta vez con los Administradores del Real Canal.

Al margen de este conflicto, de carácter económico, encontramos en este documento datos interesantes como puede ser la cita de los vados, dehesas y cultivos adyacentes, topónimos y nombres de personajes intervinientes y otros cargos públicos.

Curiosa y esclarecedora es la cita del Vado de la Biana, (latín: de la Vía, del Camino), existente al final del Camino del Congosto. El Puente-Acueducto del Congosto construido sobre el Canal en 1821, a continuación de la 10ª Esclusa, servirá para facilitar tanto el paso del Arroyo del Congosto como del propio camino hacia el Vado del río.

Pascual Madoz, en su Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico (1848) lo cita, pero con un error, pues dice “Vado de Diana”, que en nada coincide con el sentido de la toponimia real proveniente de las vías romanas secundarias que discurrieron por este lugar, entre los Itinerarios 24 y 25 de Antonino, y derivada de la presencia de la villa romana de la Torrecilla, a escasa distancia de La Aldehuela.

Dado que existen muy próximos dos vados más, al menos, aguas arriba, el de la Aldehuela y el del Vado Arenoso citado por el Fuero Viejo, siglo XII, puede que esta toponimia haya sido itinerante y en realidad corresponda al vado de la que hoy denominamos Cañada Real, vía trashumante de suma importancia, y vía de caminería histórica inmemorial.

4 comentarios en «Un nuevo documento sobre los conflictos de la Salmedina»

  1. Como siempre no puede resultar más interesante. Yo vivo en Rivas y mi afición campera y botánica me lleva muchas veces por Salmedina (entre escombreras-cañada-río), estoy encontrando maravillas botánicas en esta tierra «perdida» en el centro de Madrid. Y me encanta enterarme de los bosques que había, de sus encinares y de sus arboledas de la vega. Lo más lamentable es que todos estos pastizales actuales que acumulan una biodiversidad mucho mayor que la del afamado monte de El Pardo, está siendo destruído, a pesar de ser Parque Regional, para ampliar las escombreras y basuras de Valdemingómez.
    Gracias por vuestra enorme tarea investigadora, por cierto, al pie de la escombrera, en su punto más cercano a los cortados sobre el río, tenéis recién excavado, un buen yacimiento arqueológico.

  2. Gracias, Enrique, por seguir nuestros artículos.
    Como bien dices, hay una riqueza botánica insospechada en estos parajes. Muchas plantas adaptadas al duro terreno de los yesares que en mucho nos recuerdan a las halófilas de las Salinas de Espartinas y del Arroyo de Vallegrande.
    Como comentas; el avance del vertedero es imparable.Van a ocupar absolutamente todo el territorio hasta el mismísimo límite con Getafe, cuyos mojones coronan estos cantiles de la Salmedina.
    Ya están construidas las balsas o estanques de lixiviados, desde donde se supone serán reconducidos para su tratamiento, a fin de evitar su infiltración en la ribera fluvial del Manzanares.
    La prospección arqueológica de urgencia ha sacado a la luz ese poblado que comentas. Se ha desbrozado ese área del barranquillo próximo al Vértice Salmedina (572m) y han aparecido esos silos y fondos de cabaña de la Edad del Bronce.
    En la Casa Alta de Salmedina no se ha hecho ninguna prospección y tal vez se salve de desaparecer bajo el vertedero por quedar dentro del término de Getafe, así como los restos de la torre y bodegas medievales anexas.
    Empezábamos a inventariar los restos de la gce en esa misma zona, cuando nos ha sorprendido el Covid19 y el confinamiento. No sabemos cuándo podremos continuar esa tarea. Esperemos que pronto.
    Gracias de nuevo.
    Un saludo.

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